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Recuerda que los jueves no se puede pescar hasta el 18 de mayo.

Legislación

Normativa 2003

1. Especies objeto de pesca fluvial.

2. Períodos hábiles de pesca.

3. Horas hábiles.

4. Cupos de captura.

5. Artes y cebos

6. Seguimiento de marcajes

7. Situaciones de carácter excepcional

Anexo 1. Novedades, régimen de zonas acotadas y zonas libres sin muerte.

Anexo 2. Descripción de zonas salmoneras y de aguas de alta montaña

Anexo 3. Descripción de tramos vedados


1. ESPECIES OBJETO DE PESCA FLUVIAL Y DIMENSIONES MINIMAS

1.1. ESPECIES OBJETO DE PESCA

Las especies objeto de pesca (de acuerdo con el anexo segundo de la Ley 6/2002, de 18 de junio, sobre protección de los ecosistemas acuáticos y de regulación de la pesca en aguas continentales) y sus dimensiones mínimas son las siguientes:

Anguila (Anguilla anguilla):30 cm.
Salmón atlántico (Salmo salar):45 cm.
Trucha común y reo (Salmo trutta): 19 cm, con carácter general, excepto: Trucha en las zonas salmoneras de las cuencas Eo, Deva-Cares, Sella, Nalón-Narcea, Bedón y Purón: 21 cm. Reo en el Eo: 30 cm.
Trucha arco-iris (Oncorhynchus mikiss):Sin tamaño mínimo.
Carpa (Cyprinus carpio): 18 cm.
Carpín (Carassius auratus):Sin tamaño mínimo.
Boga de río (Chondrostoma polylepis):8 cm.
Sábalo y alosa (Alosa sp.): 30 cm.
Lubina (Dicentrarchus labrax): 36 cm.
Lisas (Chelon labrosus y Liza spp.): 20 cm.
Múgil (Mugil cephalus): 20 cm.
Platija o solla (Platichtys flesus):25 cm.
Piscardo (Phoxinus phoxinus): Sin tamaño mínimo.
Cacho (Leuciscus sp.):Sin tamaño mínimo.
Gobio (Gobio gobio):Sin tamaño mínimo.
Salvelino (Salvelinus fontinalis):Únicamente pesca sin muerte.
Cangrejo rojo (Procambarus clarkii):Sin tamaño mínimo.

El pescador no podrá estar en posesión de truchas o reos pescados en otras zonas de tamaño inferior al permitido en el tramo que esté pescando.

Las dimensiones relacionadas se obtienen midiendo la longitud comprendida entre la extremidad anterior de la cabeza y el punto medio de la cola extendida.

1.2. ESPECIES NO CAPTURABLES

Es especie no capturable en el Principado de Asturias el cangrejo común (Austrapotamobius pallipes).

De acuerdo con el Decreto 32/90, de 8 de marzo, se prohíbe la captura de lamprea (Petromyzon marinus).

1.3. ESPECIES INTRODUCIDAS

De acuerdo con el art. 16 de la Ley 6/2002 cualquier especie que no figure entre las anteriormente citadas, cangrejo común, lamprea, o las objeto de pesca, será entregada al personal de vigilancia.

2. DIAS HABILES DE PESCA (las fechas citadas se consideran incluidas)

2.1. TEMPORADA HÁBIL DE PESCA

Temporada hábil de pesca Salmón: Desde el 16 de marzo hasta el 20 de julio.

Trucha, reo, anguila y resto de especies de peces del apartado 1.1.: Desde el 30 de marzo hasta el 31 de agosto.

Cangrejo rojo: Desde el 16 de marzo hasta el 30 de noviembre.

Piscardo: Se permite su recogida con piscardera, exclusivamente en zonas libres, desde el 23 de marzo hasta el 31 de agosto.

2.1.1. Excepciones con carácter general

Zonas salmoneras y aguas de alta montaña: Trucha, reo, anguila y resto de especies de peces, del 18 de mayo al 31 de agosto.

Zonas de pesca sin muerte: Se prolonga la temporada hasta el 30 de septiembre, para todas las especies.

Cotos de pesca intensiva: Del 16 de marzo al 30 de noviembre.

Para todas las aguas continentales, veda de todos los jueves, excepto cuando coincidan con festivos de carácter nacional o regional.

Aguas de alta montaña: Veda de los lunes (además de los jueves) excepto cuando coincidan con festivos de carácter nacional o regional.

2.1.2. Excepciones en tramos de ríos y embalses

Río Deva: Zona compartida limítrofe con Cantabria, en el tramo por encima de Peñarredonda, en ambas márgenes:

Trucha, reo, anguila y resto de especies: Del 18 de mayo al 20 de julio.

Río Eo: Trucha, reo, anguila y resto de especies: Del 4 de mayo al 17 de agosto.

Río Navia: Trucha y resto de especies: Zonas limítrofes con Galicia, entre Envernallas y río de Porcos, del 16 de marzo al 17 de agosto.

Embalse de Pilotuerto: Se prohíbe la pesca en la margen derecha, hasta el 15 de junio.

Embalse de Tanes y Rioseco: Hasta el 15 de junio, se prohíbe la pesca en la margen izquierda de ambos embalses:

En Rioseco desde la desembocadura del río Alba hasta el muro de la presa y en Tanes desde 200 metros aguas abajo del puente de Coballes hasta el muro de la presa.

Cotos Cañeras (río Sella) y Reserva de Niserias (río Cares): Vedado desde el 1 de junio.

Coto de Pesca Intensiva de La Granda: Veda total en las orillas de la isla y veda temporal durante los meses de marzo, abril y mayo en la cola del embalse.

2.1.3. Excepciones en tramos de pesca sin muerte

Temporada hábil de pesca:

En los cotos trucheros de zonas salmoneras la temporada será la siguiente:

Del 18 de mayo hasta el 30 de setiembre, para todas las especies, se regirá por el sistema de pesca sin muerte el coto de Paredes (río Esva).

En los cotos salmoneros la temporada de pesca sin muerte será la siguiente:

Del 18 de mayo hasta el 30 de septiembre, para todas las excepciones se regirá por el sistema de pesca sin muerte el coto de Paredes (río Esva).

En los cotos salmoneros la temporada de pesca sin muerte será la siguiente:

Del 16 de junio al 30 de septiembre: Cotos de Niserias (Cares) y Los Estayos (Sella).

Desde el 1 al 30 de setiembre se pescará en los cotos Brezo, Golondroso, Mecedura de Ponga, La Vara y Sierra (Sella); La Tea, Juan Castaño, La Llonga, El Pilar, Arenas, Carbajal y La Defensa (Narcea); Puente la Vidre, Peña Caída, Monejo y El Tilo (Cares).

Del 4 de mayo al 17 de agosto: Coto de Puente San Tirso, en el río Eo.

En los cotos de Las Caldas y Soto de Ribera se modifica la temporada hábil de pesca, quedando desde el 30 de marzo hasta el 1 de junio.

2.1.4. Vedas especiales

Salmón: Unicamente se autoriza su captura en el curso principal de los ríos Eo, Navia, Esva (salvo aguas abajo del puente de Canero), Narcea, Nalón, Sella, Piloña, Cares y Deva. Por tanto, continúa prohibida su pesca en los ríos Porcía, Purón y Bedón. Igualmente, se mantiene la veda del salmón en el río Esva, aguas abajo del puente de Canero, así como en el Nalón aguas arriba de la desembocadura del arroyo de Laracha, en las cercanías del puente de Peñaflor.

Desde el comienzo de la Vega de Vegañán, hasta la cabecera del pozo del Zarro Viejo en el Narcea: Veda de todas las especies salvo el salmón.

Anguila: Se veda la anguila en la cuenca del río Esva, y en todas las aguas del concejo de Somiedo.

3. HORAS HABILES (hora oficial)

Marzo: 7.30-21.00 h.

Abril: 7.00-22.30 h.

Mayo: 6.30-23.00 h.

Junio: 6.15-23.15 h.

Julio: 6.30-23.00 h.

Agosto: 7.00-22.30 h.

Septiembre: 7.00-21,30 h.

Octubre: 7.30-20.00 h.

Noviembre: 8.30-19.00 h.

4. CUPOS DE CAPTURA

El cupo de peces por persona no podrá acumular en el mismo día el de zona libre más el de acotados. En los acotados de salmón, si los pescadores presentes hubieran capturado el cupo de tres salmones, ninguno de ellos podrá seguir pescando en zonas libres. En cualquier caso, una vez alcanzado el cupo de salmónidos establecido, tanto en aguas libres como en tramos acotados, deberá suspenderse el ejercicio de la pesca.

Salmón:

Zona libre: Un salmón por pescador y día.

Cotos: Tres salmones por día.

Trucha común y reo: 10 ejemplares por pescador y día, salvo en las zonas salmoneras donde el cupo será de 8 ejemplares.

Río Eo y río Navia entre Envernallas y río de Porcos, 10 ejemplares por pescador y día. A este respecto, el pescador no podrá, en modo alguno, estar en posesión de un cupo de truchas o reos superior al permitido para la zona en que se encontrara practicando la pesca.

Anguila: 20 ejemplares por pescador y día. Río Eo: Sin limitación.

Cangrejo rojo: Se permite su pesca sin limitación, pero los animales capturados deberán ser sacrificados en los lugares de pesca.

Resto de especies: Sin limitación.

Cotos de pesca intensiva: 8 truchas por pescador/día de cupo total (arco-iris o común).

Cotos y zonas libres de pesca sin muerte: Las capturas, independientemente de la especie de que se trate, serán reanimadas y se deberán restituir al río inmediatamente con vida, autorizándose el empleo de una sacadera para la extracción, a poder ser, de malla sin nudos. El pescador no podrá estar en posesión de truchas pescadas en otros tramos cuando realice su actividad en las zonas declaradas de pesca sin muerte.

5. ARTES Y CEBOS

5.1. ARTES Y CEBOS PARA EL CANGREJO

Pesca del cangrejo rojo: Máximo de 10 reteles en una extensión que no exceda de 100 m lineales.

Cebo: Carnes o cualquiera de los autorizados.

5.2. ARTES Y CEBOS PARA PECES

En general se prohíbe el uso de los procedimientos referidos en el Real Decreto 1095/89. Sólo se autoriza la pesca con caña y utilizando señuelos artificiales o cebos naturales.

Para la extracción del pez sólo se autoriza el uso de sacadera o salabre y lazo.

5.2.1. Cebos naturales (excepto salvedades de zonas salmoneras 5.2.)

En el caso del cebo natural, sólo se permite el uso de un anzuelo sencillo de tamaño igual o superior a 4,5 mm de altura desde la base hasta el arponcillo por 5 mm de anchura en la base (numeración comercial similar al n.º 9).

Se autoriza el uso de la tradicional piscardera con fines de captura de piscardo para cebo, siempre que su diámetro o lado no supere la medida de 50 cmts.

La extracción de invertebrados para cebo no se permite en vedados, ni en tramos de pesca sin muerte, ni en cotos salvo a sus adjudicatarios. En todo caso, sólo se permite su extracción durante los días hábiles de la temporada de pesca y exclusivamente de manera manual, sin servirse de elemento auxiliar mecánico alguno.

Se prohíbe el uso de pez vivo, gusano de carne o asticot, huevas de peces, pulga de mar y "bingo" (pez con armazón de plomo con anzuelos).

Río Navia, zonas limítrofes con Galicia entre Envernallas y río de Porcos: Se prohíbe el piscardo toda la temporada.

Desde el 1 de julio, sólo se autorizan cebos artificiales.

En las aguas del Parque Natural de Redes no se permite el uso como cebo de peces, vivos o muertos.

5.2.2. Cebos artificiales prohibidos

Aparejo de cebo artificial en cualquier modalidad o montaje que imite larvas, ninfas, moscas o "streamers", que emplee plomadas o lastres en derivación o boya lastrada.

5.3 Excepciones a artes y cebos en zonas salmoneras (las fechas citadas se consideran incluidas)

Se consideran cucharillas de salmón las de tamaño igual o superior a siete centímetros de longitud total.

Los anzuelos a emplear durante el período en que la trucha esté vedada serán, para mosca de salmón, de tamaño igual o superior a 7 mm de altura desde la base, hasta el arponcillo por 8 mm de anchura en la base y los de cebo natural para salmón, tamaño igual o superior a 13 mm de altura por 14 mm de anchura en la base, (numeración comercial similar a los números 8 y 1/0 respectivamente).

A partir del 1 de junio se prohíbe la cucharilla, devón y peces artificiales.

Hasta el 17 de mayo solamente se permite: pesca del salmón con todos los cebos y pesca de la anguila con merucada.

Entre el 18 de mayo y el 20 de julio se permite la pesca de salmón, trucha y resto de especies con todos los cebos, salvo cucharilla, devón y peces artificiales a partir del 1 de junio.

Entre el 21 de julio y el 31 de agosto, para la pesca de la trucha y resto de especies, sólo se permite el uso de mosca natural, moscas artificiales, piscardo, saltamontes y grillo.

Anguila con merucada.

Se prohíbe la extracción y el empleo de larvas de efemerópteros (gusarapín y otros) durante toda la temporada.

Río Eo: En la pesca de la trucha con cebo natural se utilizarán anzuelos de tamaño igual o superior a 5 mm de altura desde la base hasta el arponcillo por 6 mm de anchura en la base. Se prohíbe el empleo de piscardo y lombriz de tierra; a partir del 1 de junio, sólo moscas artificiales y saltamontes y grillo en superficie.

Río Esva, aguas abajo del puente de Canero se prohíben las cucharillas, devones y peces artificiales durante toda la temporada.

5.4. Zonas de pesca sin muerte

Artes y cebos: Solamente se autoriza el uso de cebos artificiales del tipo de "mosca" en sus variedades seca, ahogada, ninfa o "streamer", "popper" o similares, montadas en anzuelos sencillos desprovistos de arponcillo en los tamaños más grandes que el número 14 y en número nunca superior a dos. De manera excepcional, en el curso de campeonatos o competiciones de pesca organizados por la Federación Territorial de Pesca, se autoriza el empleo de un número máximo de tres anzuelos sin arponcillo y el uso de cucharillas provistas de un solo anzuelo asimismo sin arponcillo.

6. SEGUIMIENTO DE MARCAJES

Se extraerán las muestras necesarias de sangre y tejido a cualquier salmón de los precintados para análisis científicos.

En los casos en que un salmón presente la aleta adiposa cortada, la Guardería procederá a seccionar la mandíbula superior a fin de extraer la micromarca.

7. SITUACIONES DE CARACTER EXCEPCIONAL

Cuando concurran circunstancias excepcionales que así lo justifiquen, relacionadas con caudales circulantes u otras condiciones hidrobiológicas de los ríos, se faculta al Consejero de Medio Ambiente, mediante Resolución, a variar los períodos de pesca de determinadas especies, establecer la veda parcial o total en determinados tramos o masas de agua, o adoptar cualquier otra medida de protección que se estime necesaria.

ANEXO 1. NOVEDADES, REGIMEN DE ZONAS ACOTADAS Y ZONAS LIBRES SIN MUERTE.

Novedades en el régimen de zonas acotadas, vedadas y zonas libres sin muerte:

— Se veda un tramo en el río Nora, en Pola de Siero, desde el muro de la presa de Pola de Siero hasta el puente de la autovía minera.

— Se veda el río Repodrizu (Siero y Sariego) en todo su recorrido.

— En el río Teverga, se abre a la pesca el tramo desde el puente de Las Vegas hasta el de San Martín, y se veda un tramo desde el lugar de Riello hasta el citado puente de Las Vegas, en el río Páramo, así como en el río de Valdecarzana, desde el puente de La Plaza, hasta su unión con el Páramo.

— Se abre a la pesca el tramo actualmente vedado del río Navia situado entre el muro de la presa de Grandas de Salime y el muro de la presa de Doiras, así como los tramos vedados de los ríos Urubio y Acebal.

— Río de Rozadas (Villaviciosa): Se crea un vedado desde su nacimiento hasta la confluencia con el río de Valdediós.

— Se crea un vedado en el embalse de Valle de Lago, en Somiedo.

— Se abre a la pesca el actual vedado del río Aranguín, desde el puente del Reboyal hasta el puente de la Tienda Ctra. AS-230.

— Se amplía la longitud del actual vedado del río Güeña, en Cangas de Onís, desde el límite inferior del coto truchero hasta la desembocadura en el Sella.

— Se abre a la pesca el tramo actualmente vedado del río Nalón que va desde la desembocadura del arroyo de Laracha, en las cercanías del puente de Peñaflor, hasta la unión con el río Narcea, salvo las siguientes zonas que permanecen vedadas:

— Desde la presa de Priañes-Furacón, hasta la desembocadura del arroyo de Laracha.

— Desde la vega de Grado, desde la parte superior de la isla de "Cuero" hasta la cabecera del pozo "La Escollera" final de la isla de Muria.

— Desde el puente de la carretera (puente Ferreras) hasta la zona intermedia entre las islas de El Palacio y La Vía, aguas debajo de la desembocadura del arroyo "El Reguerón".

— Desde el acueducto de la vega de Beifar, hasta la confluencia con el Narcea.

Además en dicho tramo del río Nalón se crean los siguientes cotos:

— Coto La Fuente: Desde la cabecera del pozo "La Escollera" coincidente con el final del islote en Muria, hasta la Vega de Sandiche frente al pueblo de Aguera.

— Coto Sandiche: Desde la vega de Sandiche hasta la tablada de Vallín, unos 300 metros por debajo del puente de Vallín.

— Coto Candamín: Desde el antiguo puente colgante hasta el puente de FEVE.

— Coto San Román, en regimen de pesca sin muerte, desde el puente de FEVE hasta el puente de la Carretera (puente Ferreras).

— Coto Pronga: Desde el islote de "El Boquerón" hasta el paso del acueducto en la vega de Beifar.

— Río Bedón: Se crea una nueva zona libre de pesca sin muerte desde la cabecera del pozo de la antigua central de Electra de Bedón, aguas abajo, hasta el puente sobre el río, actual límite superior del coto de Rales.

— Se amplía la longitud del coto de La Mata, en Grado, situando su límite superior en la desembocadura de la reguera La Mata en el río Cubia, por su margen derecha.

— Se crea un coto en el río Agüeira, en Pesoz, entre cien metros aguas arriba del puente de Pesoz y el puente de Argul, incluyendo un tramo del río Ahío, desde el puente del molino hasta su desembocadura en el Agüeira.

— Se crean dos cotos de pesca sin muerte en los actuales vedados del río del Puerto en su recorrido por Asturias, y del Pigüeña, desde la braña de La Pornacal, aguas abajo, hasta el puente de Villar de Vildas, ambos en Somiedo.

ANEXO 2: DESCRIPCIÓN DE ZONAS SALMONERAS Y ZONAS DE ALTA MONTAÑA

Aguas de alta montaña: Incluyen los afluentes y zonas lacustres aguas arriba de los puntos que se señalan:

Cuenca del Eo

Zona salmonera:

El río Eo en todo su recorrido por el Principado de Asturias.

Cuenca del Porcía

Zona salmonera:

Río Porcía: Desde la desembocadura del río Valle hasta el mar.

Cuenca del Navia

Zona salmonera:

Río Navia: Desde la presa de Arbón hasta el mar.

Aguas de alta montaña:

Río Ibias y Luiña: Aguas arriba de la confluencia de ambos ríos.

Río Oro y Valledor: Aguas arriba de su confluencia.

Río Agüeira: Aguas arriba del puente de Vitos.

Cuenca del Esva

Zonas salmoneras:

Río Esva: Desde su origen en la confluencia de los ríos Bárcena y Navelgas hasta el mar.

Río Orio, Llorín o Castañedo: Desde la cascada del Peñón hasta el Esva.

Cuenca del Nalón-Narcea

Zona salmonera:

Río Narcea: Desde la presa de Calabazos hasta el Nalón.

Río Nalón: Desde el puente nuevo de Las Caldas hasta el mar.

Río Aranguín: Desde la toma de agua de la piscifactoría de Las Mestas, hasta el Nalón.

Río Lleiroso: Desde la tercera cascada, hasta el Narcea.

Río Pigüeña: Desde la confluencia del río Somiedo hasta el Narcea.

Río Trubia: Desde la presa del Machón, en Trubia, hasta su unión con el Nalón.

Río Cubia: Desde el límite inferior del coto de Llantrales hasta el Nalón.

Río de Sama: Desde la restitución de aguas de la piscifactoría hasta el Nalón.

Río Nonaya: Desde la curva de Corro del Charco hasta el Narcea.

Aguas de alta montaña:
Subcuenca del Narcea:

Río Narcea y Muniellos: Aguas arriba de la confluencia de ambos.

Ríos Arganza y Comba-Pumar: Aguas arriba de su confluencia en Noceda.

Ríos Coto y Cabreiro: Aguas arriba de su confluencia.

Río Valmayor: Aguas arriba de su confluencia con el Cibea.

Ríos Naviego y Cibea: Aguas arriba de su confluencia.

Ríos Junquera y Caravales: Aguas arriba de su confluencia.

Río Somiedo y Pigüeña: Aguas arriba de su confluencia.

Lagos de Somiedo: Del Valle, Calabazosa, Cerveriz y La Cueva.

Subcuenca del Nalón:

Río Nalón: Aguas arriba del puente de La Foz.

Río Raigoso: Aguas arriba del molino del Acebal.

Riega de Anzo: En todo su recorrido.

Río Páramo o Val de San Pedro y Barrio o Val de Magdalena: Aguas arriba de su confluencia.

Río Villanueva o Val de Carzana: Aguas arriba del puente de la carretera a Villabonel.

Río Taja: Aguas arriba del puente la Piniella, en Campiello.

Río Lindes y Ricabo: Aguas arriba de su confluencia.

Río Huerna: Aguas arriba de los Pontones.

Río Pajares y afluentes: Aguas arriba del puente de Paraná.

Río Aller: Aguas arriba del puente de piedra, en Casomera.

Río San Isidro: Aguas arriba del puente de La Muñeca.

Río Negro: Aguas arriba de su unión con el arroyo Los Tornos.

Río Monasterio: En todo su recorrido.

Río Turón: Aguas arriba de La Llera.

Río Caleao: Aguas arriba del puente de Tablada.

Río de la Felguerina: Aguas arriba de La Encrucijada.

Río Orlé: Aguas arriba del puente del pueblo de Orlé.

Río Alba: Aguas arriba del antiguo cargadero.

Cuenca del Sella

Zona salmonera:

Río Sella: Desde su unión con el río de Amieva en Ceneya, aguas abajo, hasta el mar.

Río Ponga: Desde el puente de Soto hasta el Sella.

Río Gueña: Desde la presa de La Tejuca hasta el Sella.

Río Covadonga: Desde la presa de La Riera hasta su unión con el Güeña.

Río Zardón: Desde Las Canaliegas hasta el Sella.

Río Piloña: Desde la confluencia con el río Espinaredo hasta el Sella.

Río Espinaredo: Desde el banzado de captación de la piscifactoría hasta el Piloña.

Río Tendi: Desde la presa en el Puente de la carretera a Caldevilla, hasta el río Piloña.

Río Color: Desde el banzado de captación de la antigua piscifactoría hasta el Piloña.

Aguas de alta montaña:

Río Sella: Aguas arriba de su unión con el río de Amieva en Ceneya.

Río Dobra: En toda su cuenca.

Río Ponga: Aguas arriba del puente de Soto.

Río Semeldón y arroyos Caranga y Salgareo: En todo su recorrido.

Cuenca del Deva-Cares

Zona salmonera:

Río Cares: En todo su recorrido por el Principado.

Río Deva: En todo su recorrido por el Principado.

Río Casaño: Desde la presa del molino de Lubín hasta el Cares.

Río Rumenes o San Esteban: En todo su recorrido.

Río Jana: Desde la presa de toma de aguas del Laboratorio hasta el Cares.

Aguas de alta montaña:

Río Cares: Aguas arriba de la presa de Poncebos.

Río Casaño: Aguas arriba del puente de Pompedro.

Río Mildón: En todo su recorrido.

Pequeña cuencas costeras

Zona salmonera:

Río Purón: Desde el puente del ferrocarril hasta el mar.

Río Bedón: Desde el puente de Rales hasta el mar.

ANEXO 3.DESCRIPCIÓN DE TRAMOS VEDADOS

Zonas vedadas: Salvo que se indique lo contrario, cuando se veda un río hasta su nacimiento, se incluyen todos los afluentes aguas arriba del punto que se señala:

Cuenca del Eo

Río Eo: Desde el límite inferior del coto Canaveiras hasta el puente del ferrocarril sobre la ría.

Cuenca del Navia

Río Navia: Desde el muro de la presa de Doiras hasta 150 m aguas abajo de la salida del túnel de desagüe del fondo de la misma.

Desde el muro de la presa de Arbón hasta 50 m aguas abajo de la salida de agua de la misma, en el pozo Arbón.

Río Ibias y afluentes: En todo su recorrido por la Reserva Biológica de Muniellos.

Río de la Collada: Desde su nacimiento hasta la salida de agua del Molín de Zapateiro en Sisterna.

Río de Piedrafita o Regueiro de Calecho: Desde su nacimiento hasta el río Ibias.

Río Sarrio: Desde el puente de la carretera de Boal al Navia.

Cuenca del Esva

Río Esva: Desde 50 m aguas arriba del puente de Trevías hasta 50 m aguas abajo del mismo.

Antiguo acotado de La Chanona Río Navelgas: Desde el puente de La Congosta hasta la presa del Ferial de Navelgas.

Ríos Vallina Ferrera y Colobreiro: En todo su recorrido.

Río Muñás o Chaballos: En todo su recorrido.

Cuenca del Nalón-Narcea

Subcuenca del Nalón

Río Nalón:

Desde la presa de Priañes-Furacón, hasta la desembocadura del arroyo de Laracha.

Desde la vega de Grado, desde la parte superior de la isla de "Cuero" hasta la cabecera del pozo "La Escollera" final de la isla de Muria.

Desde el puente de la carretera (puente Ferreras) hasta la zona intermedia entre las islas de El Palacio y La Vía, aguas debajo de la desembocadura del arroyo: "El Reguerón".

Desde el acueducto de la vega de Beifar, hasta la confluencia con el Narcea.

Desde la presa del Furacón hasta la desembocadura del arroyo de Laracha, en las cercanías del puente de Peñaflor, en Grado.

Desde el puente nuevo de Oscura en El Entrego, hasta 10 metros aguas debajo de la pista deportiva del Colegio P. Del Coto.

Desde la presa de Tanes hasta el puente de Rioseco.

Desde el límite superior del coto de Tanes hasta 300 metros por debajo del puente romano de Campo de Caso.

Río Nora: Desde la presa de Priañes hasta la confluencia con el Nalón.

Río Aranguín: Desde 100 mts por encima de la toma de agua de la piscifactoría de Las Mestas hasta el puente de Allence.

Río Alba: Desde su nacimiento hasta el puente de la Vega.

Río Sama: Desde el puente de Somines hasta el Nalón.

Río de Soto: Desde 150 metros por encima del puente de Paladin hasta el Nalón.

Río Barrea: Desde el puente de El Palomar hasta el Nalón.

Río Noreña: En toda la longitud de la escollera cercana al campo de fútbol.

Río Forcón o de la Fresneda: En su recorrido por el parque público de la Fresneda.

Río Teverga: Desde la presa de Las Ventas hasta su unión con el Quirós.

Río Bandujo: En todo su recorrido.

Arroyo de Serandi: En todo su recorrido.

Reguero de Mengoyo (Caranga de arriba): En todo su recorrido.

Río Quirós: Desde la presa de Valdemurio hasta su confluencia con el Teverga.

Río Trubia: Desde la unión Quirós-Teverga hasta el puente viejo de la Periguela.

Río de Las Bárcenas: En todo su recorrido.

Río Caudal: Desde la desembocadura de río Riosa a la del río Morcín. De la confluencia del río Lena al puente de Ujo.

Río Miñera: En toda su longitud.

Río Morcín: Desde la desembocadura del reguero de Solacuesta hasta el muro de la balsa de la antigua central eléctrica en la zona de El Escobio.

Río de la Juncar (Riosa): Desde el puente de Robocan a su unión con el Riosa.

Río Riosa: Desde el puente del Orellán al puente de la carretera A-231 (bar).

Río Lena: De la pasarela de la autopista a su desembocadura.

Río Valdecuna: Desde el puente de La Corona, en Cenera, hasta el puente de Llera.

Río Huerna: Desde el puente del camino a La Cortina hasta el puente de la carretera de Reconcos. Desde el cementerio de Campomanes hasta su confluencia con el Pajares.

Río Pajares: Desde el km. 71.9 de la carretera N-630 hasta el puente de Paraná. Desde el puente de Casorvida hasta su confluencia con el Huerna.

Río Turón: Desde el Puente nuevo hasta el campo de fútbol de Turón. Desde el puente del lavadero de San Andrés hasta el puente de Presimir, junto al pozo Espinas.

Desde el puente de la carretera a Figaredo hasta su confluencia con el Caudal.

Río Aller: En el paraje "Foces del río Aller".

Desde el puente de piedra al de madera en Casomera.

Desde el puente de Rozada al de Espinedo, en Cabañaquinta.

Desde el puente de Tartiere hasta el puente del colegio de EGB en Moreda.

Desde las compuertas de la central eléctrica de Santa Cruz de Mieres hasta el río Caudal.

Río Negro: Desde el puente de La Llera hasta el puente del campo de la iglesia de Nembra.

Riega de Carriques: Desde la toma de aguas de la piscifactoría, hasta su confluencia con el río Aller.

Río Valmartín: En todo su recorrido.

Río Monasterio: Desde su nacimiento hasta el paraje de Cuefoz.

Río Pendones: En toda su extensión.

Río Páramo: Desde el lugar de Riello hasta el puente de Las Vegas.

Río Valdecarzana: Desde el puente de La Plaza hasta su unión con el Páramo.

Río Nora: Desde el muro de la presa de Pola de Siero hasta el puente de la autovía minera, aguas abajo.

Río Repodrizu: Entre Siero y Sariego, en todo su recorrido.

Subcuenca del Narcea:

Río Narcea: Desde la presa del embalse de La Barca hasta el límite superior del coto de La Varadona.

Río Cuevas: En todo su recorrido.

Río Cauxa: En todo su recorrido.

Río Nonaya: Desde el pozo de Ondinas hasta el puente de Santa Ana en Salas.

Desde la curva del Corro del Charco hasta su unión con el Narcea.

Río Lleiroso: En todo su recorrido.

Río Nisón: Desde su nacimiento hasta el puente de hierro en Pola de Allande.

Río Fresnedo: En todo su recorrido.

Río Muniellos y afluentes: En todo su recorrido dentro de la Reserva Biológica de Muniellos.

Río Pigüeña: Desde el puente viejo de Santullano (Somiedo) al puente de Cuevas (Belmonte).

Desde el puente de Las Lleras hasta el desagüe del canal de la central de Miranda (Las Mestas).

Desde el coto de Belmonte hasta el puente de la carretera a Corias.

Desde su nacimiento hasta la braña de La Pornacal.

Afluentes del río Pigüeña: Todos los existentes aguas arriba de Corés (Somiedo).

Río Somiedo: Desde su nacimiento en el valle de Trabanco y todos sus afluentes hasta el puente de La Gavita en el camino rural a La Peral.

Desde las proximidades el túnel de Jabriz (p.k.29, AS-227) al Pigüeña.

Desde el puente de la central de la Malva hasta la presa de la Malva.

Río Aguino y afluentes: En todo su recorrido aguas arriba de Perlunes.

Arroyo de Llagar o de Las Morteras: Aguas abajo de Villamor.

Arroyos de Los Lagos Calabazosa, Cerveriz y La Cueva y de Los Arroxos: En todo su recorrido.

Río Saliencia: Desde 1,5 km antes de su confluencia con el río Somiedo hasta la Mesta de los Ríos.

Laguna de Arbás: En toda su superficie.

Embalse de Valle de Lago: En toda su superficie.

Cuenca del Sella

Río Sella: Entre 50 m aguas arriba del puente de la variante y el puente de Arriondas.

Río Sella: Desde 25 m por encima de la toma de aguas del Capturadero de Caño hasta el "Chorro Cortina".

Piloña: Desde el puente del campo de fútbol de Arriondas hasta su unión con el Sella.

Río Prat: Del puente de la Casa del pueblo en Martimporra al puente de Rozadas.

Río de La Marea: Desde el cruce de la carretera a San Martin al molino de La Peridiella.

Desde el embalse de las cuevas o de la Central a la confluencia con el Río del Moro.

Río Aspro: En todo su recorrido.

Río Ponga: Desde el puente de Sotos hasta la Sota de Tobao.

Antiguo coto de pesca sin muerte Santillán.

Río Zardón: Desde el puente de Grellu hasta el Sella.

Río Tabardín: Desde su nacimiento hasta su confluencia con el río Argañeu.

Ríos Covadonga, Orandi, Comeya y afluentes: En su recorrido por el Parque Nacional de los Picos de Europa.

Río Dobra y afluentes: En las zonas limítrofes e incluidas en el Parque Nacional de los Picos de Europa.

Lagos Enol y Ercina: En toda su superficie.

Río Güeña: Desde el límite inferior del coto de Cangas de Onís, hasta la desembocadura en el río Sella.

Cuenca del Deva-Cares

Río Cares: Desde el puente viejo al puente nuevo en Mier.

Desde la confluencia del arroyo de Alles hasta la presa de Niserias.

Desde la Canal de Valdelamadera hasta 50 metros por debajo del puente de la carretera.

Desde el muro de la presa de Niserias hasta 100 metros aguas abajo.

Desde la salida de aguas del canal de la presa de Poncebos hasta el final del camping de Arenas de Cabrales.

Río Jana: Desde la presa de toma de agua de la piscifactoría hasta el Cares.

Río Casaño: Desde su nacimiento hasta el puente Pompedro.

Ríos Duje y Bulnes: En todos sus recorridos.

Río Mildón: En todo su recorrido.

Pequeñas cuencas costeras

Río Suarón: Desde el campo de fútbol hasta su desembocadura en la ría.

Río Porcía: Desde el límite inferior del coto hasta el mar.

Río Barayo: En su recorrido por la actual Reserva Natural.

Río Negro: Desde el límite inferior del Coto del Luarca hasta el mar.

Río Esqueiro: Desde el puente de Práramo hasta el puente de la carretera N-632.

Río Arlós o Molleda: Desde el puente de Montera hasta el mar.

Río Alvarés, arroyo de la Fontanina y humedal de La Furta: En su recorrido dentro de la parcela industrial de Dupont.

Río Ferrería: Desde el puente de la carretera de Sombredo hasta el puente de la carretera general, en Carcedo.

Río España: Desde su nacimiento hasta La Giralda.

Río Rozadas: Desde su nacimiento hasta su confluencia con el río de Valdediós.

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Parte salmonero
Río Ayer Total
Eo
0 11
0 0
0 5
0 0
0 15
0 55
0 7
Totales 0 93
Última actualización 12/05/2008

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