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Recuerda que los jueves no se puede pescar hasta el 18 de mayo.
Legislación
Normativa temporada 2.001
1. Especies objeto de pesca fluvial.
2. Períodos hábiles de pesca.
3. Vedas especiales.
4. Horas hábiles.
5. Cupos de captura.
6. Tallas mínimas.
7. Artes y cebos
8. Zonas salmoneras y alta montaña
9. Tramos vedados
10. Régimen de sin muerte
11. Normas de pesca sin muerte
12. Marcas
13. Situaciones de carácter excecional
1. Especies objeto de pesca fluvial
1.1. Especies objeto de pesca
Anguila (Anguilla anguilla)
Salmón atlántico (Salmo salar)
Trucha común y reo (Salmo trutta)
Trucha arco iris (Oncorhynchus mikiss)
Carpín (Carassius auratus)
Boga de río (Chondrostoma polylepis)
Sábalo y alosa (Alosa alosa y Alosa fallax)
Lubina (Dicentrarchus labrax)
Lisas (Chelon labrosus y Liza spp.)
Platija o solla (Platichtys flesus)
Cangrejo rojo (Procambarus clarkii)
Piscardo (Phoxinus phoxinus)
Salvelino (Salvelinus fontinalis)
1.2. Especies no capturables
Es especie no capturable en el Principado de Asturias el cangrejo común (Austrapotamobius pallipes).
De acuerdo con el Decreto 32/90, de 8 de marzo, se prohíbe la pesca de la lamprea (Petromyzon marinus).
2. Períodos hábiles de pesca (las fechas citadas se entienden como incluídas)
Salmón: 18 de marzo al 22 de julio.
Trucha, reo, anguila y resto de especies de peces (del aptdo. 1.1): 1 de abril al 18 de agosto.
Cangrejo rojo: 18 de marzo al 30 de noviembre.
Se permitirá la recogida de piscardo, exclusivamente en zonas libres; con la tradicional piscardera desde el 25 de marzo hasta el 19 de agosto.
2.1. Excepciones:
En general:
Zonas salmoneras (salvo las citadas en el punto 7.3) y aguas de alta montaña: trucha, reo, anguila y resto de especies de peces, del 13 de mayo al 19 de agosto.
Zonas de pesca sin muerte: se prolonga la temporada hasta el 30 de septiembre, para todas las especies.
Cotos de pesca intensiva: del 18 de marzo al 30 de noviembre.
Excepciones por ríos:
Río Deva: zona compartida limítrofe con Cantabria, en el tramo por encima del Coto de Peñarredonda, en ambas márgenes: trucha, reo, anguila y resto de especies:del 13 de mayo al 22 de julio.
Río Eo: trucha, reo, anguila y otras especies: del seis de mayo al 19 de agosto.
Río Navia: trucha y resto de especies: zonas limítrofes con Galicia, entre Envernallas y Río de Porcos, del 18 de marzo al 19 de agosto.
Anguila y resto de especies de peces (excepto salmónidos). Se podrán pescar, hasta el 30 de septiembre, sólo en las zonas de desembocadura a que se refiere el apartado 2.2 (excepto río Esva para anguila).
Zonas de desembocadura
Río Deva: del puente de la antigua carretera nacional al mar.
Río Sella: del puente de San Román al mar.
Ría de Villaviciosa: aguas abajo del puente de la carretera AS-113, de Oviedo a Villaviciosa.
Río Nalón: de la piragüera al mar.
Río Esva: del puente de Canero al mar.
Río Navia: aguas abajo de la confluencia del río Anleo.
Ría del Eo: aguas abajo del puente del ferrocarril, en Vegadeo.
Río Suarón: aguas abajo de la confluencia del arroyo de Montouto.
Río Purón: del límite del coto al mar.
Río Negro: del límite del coto al mar.
Río Bedón: del límite del coto San Antolín al mar.
Río Espasa: aguas abajo del puente de Loroñe.
Río Libardón: aguas abajo del puente de Santianes.
3. Vedas especiales (las fechas citadas se entienden como incluídas)
Embalse de Pilotuerto: se prohíbe la pesca en la margen derecha, hasta el 15 de junio.
Embalse de Tanes y Rioseco: hasta el 15 de junio, se prohíbe la pesca en la margen izquierda de ambos embalses: en Rioseco desde la desembocadura del río Alba hasta el muro de la presa y en Tanes desde 200 metros aguas abajo del puente de Coballes hasta el muro de la presa.
Coto Cañeras (río Sella): vedado desde el 1 de junio.
Coto de Pesca Intensiva de la Granda: veda total en las orillasde la isla y veda temporal durante los meses de marzo, abril y mayo y en la cola del embalse.
Veda de todos los jueves para todas las aguas continentales, excepto cuando coincidan con festivos de carácter nacional o regional.
Aguas de alta montaña: veda de los lunes (además de los jueves) excepto cuando coincidan con festivos de carácter nacional o regional.
Cangrejo rojo: se permite su pesca en todas las masas de agua; los animales capturados deberán sacrificarse en los lugares de pesca.
Salmón: únicamente se autoriza en el curso principal de los ríos Eo, Navia, Esva (salvo aguas abajo del puente de Canero), Narcea, Nalón, Sella, Piloña, Cares y Deva. Por tanto, queda prohibida su pesca en los ríos Porcía, Purón y Bedón. Igualmente, se mantiene la veda del salmón en el río Esva, aguas abajo del puente de Canero, así como en el Nalón aguas arriba de la confluencia con el Narcea.
Desde el comienzo de la Vega de Vegañán, hasta la cabecera del pozo del Zarro Viejo en el Narcea: veda de todas las especies salvo el salmón.
Anguila: se veda de forma absoluta la anguila en toda la cuenca del río Esva; así como en todas las aguas del concejo de Somiedo.
4. Horas hábiles (hora oficial)
Septiembre: 7.00-21.30 h.
5. Cupos de capturas
El cupo de peces por persona no podrá acumular en el mismo día el de zona libre más el de acotados. En los acotados de salmón, si los pescadores presentes hubieran capturado el cupo de tres salmones, ninguno de ellos podrá seguir pescando en zonas libres.
Salmón: zona libre, 1 salmón por pescador y día. Cotos: tres salmones por día.
Trucha común y reo: 10 ejemplares por pescador y día. Río Eo y río Navia entre Envernallas y río de Porcos, 12 ejemplares por pescador y día.
Anguila: 20 ejemplares por pescador y día. Río Eo, río Navia entre Envernallas y río de Porcos: sin limitación.
Resto de especies: sin limitación.
Cotos de pesca intensiva: 8 truchas por pescador/día de cupo total (arco-iris o común).
6. Tallas mínimas
Se entiende por talla de los peces la longitud comprendida entre la extremidad anterior de la cabeza y el punto medio de la cola extendida.
Anguila (Anguilla anguilla): 30 cm.
Salmón atlántico (Salmo salar): 45 cm.
Trucha común y reo (Salmo trutta): 19 cm, con carácter general, excepto: trucha en las zonas salmoneras de las cuencas Deva-Cares, Sella, Nalón-Narcea, Bedón y Purón: 21 cm. Reo en el Eo: 30 cm.
Trucha arco iris (Oncorhynchus mikiss): sin talla.
Carpa (Cyprinus carpio): 18 cm.
Carpín (Carassius auratus): sin talla.
Boga de río (Chondrostoma polylepis): 8 cm.
Sábalo y alosa (Alosa alosa y Alosa fallax): 30 cm.
Lubina (Dicentrarchus labrax): 36 cm.
Lisas (Chelon labrosus y Liza spp.): 20 cm.
Múgil (Mugil cephalus): 20 cm.
Platija o solla (Platichtys flesus): 25 cm.
Cangrejo rojo (Procambarus clarkii): sin talla.
Piscardo (Phoxinus phoxinus): sin talla.
Cacho (Leuciscus sp.): sin talla.
Salvelino (Salvelinus fontinalis):
Gobio (Gobio gobio): sin talla.
7. Artes y cebos
7.1. Artes y cebos para peces.
En general se prohíbe el uso de los procedimientos referenciados en el Real Decreto 1095/89. Se consideran cucharillas de salmón las de tamaño igual o superior a siete centímetros de longitud total.
7.1.1. Artes autorizadas
Sólo se autoriza la pesca con caña y utilizando señuelos artificiales o cebos naturales. En el caso del cebo natural, sólo se permite el uso de un anzuelo sencillo de tamaño igual o superior a 4'5 mm. de altura desde la base hasta el arponcillo por 5 mm. de anchura en la base (numeración comercial similar al nº9 ).
Para la extracción del pez sólo se autoriza el uso de la sacadera o salabre y lazo.
Se autoriza el uso de la tradicional piscardera con fines de captura de piscardo para cebo, siempre que su diámetro o lado no supere la medida de 50 cm.
7.1.2. Cebos naturales (excepto salvedades de zonas salmoneras 7.3)
La extracción de invertebrados para cebo no se permite en vedados, ni en cotos salvo sus adjudicatarios. En todo caso solose permite su extracción durante los días hábiles de la temporada de pesca.
Se prohíbe el uso de gusano de carne o asticot, huevas de peces y pulga de mar. Bingo (pez con armazón de plomo con anzuelos).
Desde el 20 de agosto, en las zonas de desembocadura del aptdo. 2.2. sólo se permite: pan amasado, poliquetos marinos (xorra), trozos de pescado y piña de lombriz (merucada).
Río Navia, zonas limítrofes con Galicia entre Envernalles y río de Porcos: se prohíbe el piscardo toda la temporada. Desde el 1 de julio, sólo se autorizan cebos artificiales.
7.1.3. Cebos artificiales prohibidos:
Aparejo de cebo artificial en cualquier modalidad o montaje que imite larvas, ninfas, moscas o "streamers", que emplee plomadas o lastres en derivación o boya lastradas.
7.2. Artes y cebos para el cangrejo
Pesca del cangrejo rojo: máximo de 100 reteles en una extensión que no exceda los 100 m. lineales.
Cebo: carnes o cualquiera de los autorizados.
7.3. Excepciones a artes y cebos en zonas salmoneras (las fechas citadas se entienden como incluídas).
A partir del 1 de junio se prohíbe la cucharilla, devón y peces artificiales.
Hasta el 12 de mayo solamente se permite:
Pesca del salmón con todos los cebos.
Pesca de la anguila con merucada.
Pesca de la trucha con piscardo muerto, exclusivamente en los cauces principales de los ríos Esva, Narcea, Sella y Cares (no en el Deva).
Entre el 23 de julio y el 19 de agosto, para la pesca de la trucha y resto de especies, sólo se permite el uso de mosca natural, moscas artificiales, piscardo, saltamontes y grillo.
Para la pesca de la anguila, hasta el 19 de agosto, se podrá usar también merucada.
Se prohíbe la extracción y el empleo de larvas de efemerópteros (gusarapín y otros) durante toda la temporada.
Río Eo: para la pesca del salmón con cebo natural, se utilizarán anzuelos de tamaños igual o superior a 13 mm. de altura desde la base hasta el arponcillo por 14 mm. de anchura en la base. Trucha: se prohíbe el empleo de piscardo y lombriz de tierra; a partir de 1 del junio, sólo moscas artificiales y saltamontes y grillos en superficie.
Río Esva, aguas abajo del puente Canero se prohíben las cucharillas, devones y peces artificiales durante toda la temporada.
8. Descripción de zonas salmoneras y zonas de aguas de alta montaña
Aguas de alta montaña: incluyen los afluentes y zonas lacustres aguas arriba de los puntos que se señalan.
8.1. Cuenca del Eo.
Zona salmonera: el río Eo en todo su recorrido por el Principado de Asturias.
8.2. Cuenca del Porcía.
Zona salmonera: desde la desembocadura del río Valle hasta el mar.
8.3. Cuenca del Navia.
Zona salmonera: desde la presa de Arbón hasta el mar.
Río Ibias y Luiña: aguas arriba de la confluencia de ambos ríos.
Río Oro y Valledor: aguas arriba de su confluencia.
Río Agüeira: aguas arriba del puente de Vitos
8.4. Cuenca del Esva.
Zona salmonera: desde su origen en la confluencia de los ríos Bárcena y Navelgas hasta el mar.
Río Orio, Llorín o Castañedo: desde la cascada del Peñón hasta el Esva.
8.5. Cuenca del Nalón-Narcea.
Río Narcea: desde la presa de Calabazos hasta el Nalón.
Río Nalón: desde el puente nuevo de Las Caldas hasta el mar.
Río Aranguín: desde la toma de agua de la piscifactoría de Barganeiro, en Cañedo, hasta el Nalón.
Río Lleiroso: desde la tercera cascada hasta el Narcea.
Río Pigüeña: desde la confluencia del río Somiedo hasta el Narcea.
Río Trubia: desde la presa del Machón, en Trubia, hasta su unión con el Nalón.
Río Cubia: desde el puente de la N-634 hasta el Nalón.
Río de Sama: desde la restitución de aguas de la piscifactoría hasta el Nalón.
Río Nonaya: desde la curva de Corro del Charco hasta el Narcea.
Río Narcea y Muniellos: aguas arriba de la confluencia de ambos.
Río Arganza y Comba-Pumar: aguas arriba de su confluencia en Noceda.
Ríos Coto y Cabreiro: aguas arriba de su confluencia.
Ríos Naviego y Cibea: aguas arriba de su confluencia.
Ríos Junquera y Caravales: aguas arriba de su confluencia.
Ríos Somiedo y Pigüeña: aguas arriba de su confluencia.
Lagos de Somiedo: Del Valle, Calabazosa, Cerveriz y La Cueva.
Río Nalón: aguas arriba del puente de La Foz.
Río Raigoso: aguas arriba del molino del Acebal.
Riega de Anzo: en todo su recorrido.
Río Páramo o Val de San Pedro y Barrio o Val de Magdalena: aguas arriba de su confluencia.
Río Villanueva o Val de Carzana: aguas arriba del puente de la carretera a Villabonel.
Río Taja: aguas arriba del puente de la Piniella, en Campiello.
Río Lindes y Ricabo: aguas arriba de su confluencia.
Río Huerna: aguas arriba de los Pontones.
Río Pajares y afluentes: aguas arriba del puente de Paraná.
Río Aller: aguas arriba del puente de piedra, en Casomera.
Río San Isidro: aguas arriba del puente de La Muñeca.
Río Negro: aguas arriba de su unión con el arroyo Los Tornos.
Río Monasterio: en todo su recorrido.
Río Caleao: aguas arriba del puente de Tablada.
Río de la Felguerina: aguas arriba de La Encrucijada.
Río Orlé: aguas arriba del pueblo de Orlé.
Río Alba: aguas arriba del antiguo cargadero.
8.6. Cuenca del Sella.
Río Sella: desde su unión con el río Amieva en Ceneya hasta el mar.
Río Ponga: desde el puente de Soto hasta el Sella.
Río Güeña: desde la presa de La Tejuca hasta el Sella.
Río Covandonga: dede la presa de La Riera hasta su unión con el Güeña.
Río Zardón: desde Las Canaliegas hasta el Sella.
Río Piloña: desde su confluencia con el río Espinaredo hasta el Sella.
Río Espinaredo: desde el banzao de captación de la piscifactoría hasta el Piloña.
Río Tendi: desde la presa en el puente de la carretera a Caldevilla, hasta el río Piloña.
Río Color: desde el banzao de captación de la antigua piscifactoría hasta el Piloña.
Río Sella: aguas arriba de su unión con el rio de Amieva en Ceneya.
Río Dobra: en toda su cuenca.
Río Ponga: aguas arriba del puente de Soto.
Río Semeldón y arroyos Caranga y Salgereo: en todo su recorrido.
8.7. Cuenca del Deva-Cares.
Río Cares: en todo su recorrido por el Principado.
Río Deva: en todo su recorrido por el Principado.
Río Casaño: desde la presa del molino de Lubín hasta el Cares.
Río Rumenes o San Esteban: en todo su recorrido.
Río Jana: desde la presa de toma de aguas del Laboratorio hasta el Cares.
Río Cares: aguas arriba de la presa de Poncebos.
Río Casaño: aguas arriba del puente de Pompedro.
Río Mildón: en todo su recorrido.
8.8. Pequeñas cuencas salmoneras.
Río Purón: desde el puente del ferrocarril hasta el mar.
Río Bedón: desde el puente de Rales hasta el mar.
9. Descripción de tramos vedados
Zonas vedadas: salvo que se indique lo contrario, cuando se veda un río desde su nacimiento, se incluyen todos los afluentes aguas arriba del punto que se señala.
9.1. Cuenca del Eo.
Río Eo: desde el límite inferior del coto Canaveiras hasta el puente del ferrocarril sobre la ría.
9.2. Cuenca del Navia.
Río Navia: desde el muro de la presa de Salime hasta el muro de la presa de Doiras.
Desde el muro de la presa de Doiras hasta 150 m. aguas abajo de la salida del túnel de desagüe del fondo de la misma.
Desde el muro de la presa de Arbón hasta 50 m. aguas abajo de la salida del túnel de la misma, en el pozo Arbón.
Río Acebal: desde el puente de la carretera Navia-Villayón hasta su desembocadura.
Río Urubio: desde el puente del pueblo de Froseira hasta su desembocadura.
Río Agueira: desde el puente de Argul hasta su desembocadura.
Río Ibias y afluentes: en todo su recorrido por la Reserva Biológica de Muniellos.
Río de la Collada: desde su nacimiento hasta la salida de aguas del Molín de Zapateiro en Sisterna.
Río de Piedrafita o Regueiro de Calecho: desde su nacimiento hasta el río Ibias.
Río da Viñola o de la Buliqueira: en todo su recorrido.
Río Sarrio: del puente de la carretera de Boal al Navia.
9.3. Cuenca del Esva.
Río Esva: desde 50 m. aguas arriba del puente de Trevías hasta 50 m. aguas abajo del mismo.
Río Navelgas: desde el puente de La Congosta hasta la presa del Ferial de Navelgas.
Ríos Vallina Ferrera y Colobreiro: en todo su recorrido.
Río Muñas o Chaballos: en todo su recorrido.
9.4. Cuenca del Nalón-Narcea.
9.4.1. Subcuenca del Nalón
Río Nalón: desde la presa de Priañes-Furacón hasta su confluencia con el Narcea.
Desde el puente nuevo de Oscura en El Entrego, hasta 10 m. aguas debajo de la pista deportiva del Colegio P. Del Coto.
Desde la presa de Tanes hasta el puente de Rioseco.
Desde el límite superior del coto de Tanes hasta 300 m. por debajo del puente romano de Campo de Caso.
Río Aranguín: desde 100 m. por encima de la toma de agua de la piscifactoría de Las Mestas del Narcea hasta el puente de Allence.
Desde el puente del Reboyal (Puentevega) hasta el puente de la Tienda ctr. AS-230.
Río Alba: desde su nacimiento hasta el puente de la Vega.
Río Sama: desde el puente de Somines hasta el Nalón.
Río de Soto: desde 150 m. por encima del puente de Paladín hasta el Nalón.
Río Barrea: desde el puente de El Palomar hasta el Nalón.
Río Noreña: en toda la longitud de la escollera cercana al campo de fútbol.
Río Forcón o de La Fresneda: en su recorrido por el parque público de la Fresneda.
Río Teverga: desde la presa de Las Ventas hasta su unión con el Quirós.
Río Bandujo: en todo su recorrido.
Arroyo de Serandi: en todo su recorrido.
Reguero de Mengoyo (Caranga de Arriba): en todo su recorrido.
Río Quirós: desde la presa de Valdemurio hasta su confluencia con el Teverga.
Río Trubia: desde la unión Quirós-Teverga hasta el puente viejo de la Periguela.
Río Caudal: desde la desembocadura del río Riosa a la del río Morcín.
De la confluencia del río Lena al puente de Ujo.
Río Miñera: en toda su longitud.
Río Morcín: desde la presa del Molín hasta su confluencia con el caudal.
Río de la Juncar (Riosa): desde el puente de Robocan a su unión con el Riosa.
Río Riosa: desde el puente del Orellán al puente de la carretera AS-231(bar).
Río Lena: de la pasarela de la autopista a su desembocadura.
Río Valdecuna: desde el puente de La Corona, en Cenera, hasta el puente de Llera.
Río Huerna: desde el puente del camino a La Cortina hasta el puente de la carretera de Reconcos.
Desde el cementerio de Campomanes hasta su confluencia con el Pajares.
Río Pajares: desde el Km. 71.9 de la carretera N-630 hasta el puente de Parana.
Desde el puente de Casorvida hasta su confluencia con el Huerna.
Río Turón: desde el Puente Nuevo hasta el campo de fútbol de Turón.
Río Aller: en el paraje "Las Foces del río Aller".
Desde el puente de piedra al de madera en Casomera.
Desde el puente de Rozada al de Espinedo, en Cabañaquinta.
Desde el puente de Tartiere hasta el puente del Colegio de E.G.B. en Moreda.
Desde las compuertas de la Central Eléctrica de Santa Cruz de Mieres hasta el río Caudal.
Río Negro: desde el puente de La Llera hasta el puente del campo de la iglesia de Nembra.
Riega de Carriques: desde la toma de aguas de la piscifactoría hasta su confluencia con el río Aller.
Río Valmartín: en todo su recorrido.
Río Monasterio: desde su nacimiento hasta el paraje de Cuefoz.
Río Pendones: en toda su extensión.
Río Páramo: desde el Puente de Las Vegas, aguas abajo, hasta el Puente de San Martín.
9.4.2. Subcuenca del Narcea
Río Narcea: desde la presa de Calabazos hasta el límite superior del coto de Varadona.
Río Cuevas: en todo su recorrido.
Río Cauxa: en todo su recorrido.
Río Nonaya: desde el pozo de Ondinas hasta el puente de Santa Ana en Salas.
Desde la curva de Corro del Charco hasta su confluencia con el Narcea.
Río Lleiroso: en todo su recorrido.
Río Nisón: desde su nacimiento hasta el puente de hierro en Pola de Allande.
Río Fresnedo: en todo su recorrido.
Río Muiellos y afluentes: en todo su recorrido dentro de la Reserva Biológica de Muniellos.
Río Pigüeña: desde el puente viejo de Santullano (Somiedo) al puente de Cuevas (Belmonte).
Desde el puente de Las Lleras hasta el desagüe del canal de la central de Miranda (Las Mestas).
Desde el coto Belmonte hasta el puente de la carretera a Corias.
Desde su nacimiento hasta el puente aguas abajo de Villar de Vildas.
Afluentes del río Pigüeña: todos los existentes aguas arriba de Corés (Somiedo).
Río Somiedo: desde su nacimiento en el valle de Trabanco y todos sus afluentes hasta el puente de La Gavita en el camino rural a La Peral.
Desde las proximidades del túnel de Jabriz (p.k. 29, AS-227) al Pigüeña.
Desde la central de la Malva hasta la presa de la Malva.
Río Aguino y afluentes: en todo su recorrido aguas arriba de Perlunes.
Arroyo de Llagar o de Las Morteras: aguas abajo de Villamor.
Arroyos de los Lagos Calabazosa, Cerveriz y La Cueva y de Los Arroxos: en todo su recorrido.
Río Saliencia: desde 1'5 km. antes de su confluencia con el río Somiedo hasta la Mesta de los Ríos.
Laguna de Arbás: en toda su superficie.
9.5. Cuenca del Sella.
Río Sella: entre 50 m. aguas arriba del puente de la variante y el puente de Arriondas.
Desde 25 m. por encima de la toma de aguas del Capturadero de Caño hasta el "Chorro Cortina".
Piloña: desde el puente del campo de fútbol de Arriondas hasta su unión con el Sella.
Río Prat: del puente de la Casa del Pueblo en Martimporra al puente de Rozadas.
Río de La Marea: desde el cruce de la carreteraa San Martín al molino de La Peridiella.
Desde el embalse de las cuevas o de la Central a la confluencia con el río del Moro.
Río Aspro: en todo su recorrido.
Río Ponga: desde el puente de Sotos hasta la Sota de Tobao.
Río Zardón: desde el puente de Grellu hasta el Sella.
Río Tabardin: desde su nacimiento hasta su confluencia con el río Argañeu.
Ríos Covadonga, Orandi, Comeya y afluentes: en su recorrido por el Parque Nacional de los Picos de Europa.
Río Dobra y afluentes: en las zonas limítrofes e incluídas en el Parque Nacional de los Picos de Europa.
Lagos Enol y Ercina: en toda su superficie.
9.6. Cuenca del Deva-Cares.
Río Cares: desde el puente viejo hasta el puente nuevo en Mier.
Desde la confluencia del arroyo de Alles hasta la presa de Niserias.
Desde la Canal de Valdelamadera hasta 50 m. por debajo del puente de la carretera.
Desde el muro de la presa de Niserias hasta 100 m. aguas abajo.
Río Jana: desde la presa de toma de agua de la piscifactoría hasta el Cares.
Río Casaño: desde su nacimiento hasta el puente Pompedro.
Ríos Duje y Bulnes: en todos sus recorridos.
9.7. Cuenca del Sil.
Río del Puerto (Somiedo): en todo su recorrido por el Principado de Asturias.
9.8. Pequeñas cuencas costeras
Río Porcía: desde el límite inferior del coto hasta el mar.
Río Negro: desde el límite inferior del coto de Luarca hasta el mar.
Río Arlós o Molleda: desde el puente de Montera hasta el mar.
Río España: desde su nacimiento hasta La Giralda.
Río Barayo: en su recorrido por la actual reserva natural.
Río Alvarés, arroyo la Fontanina, y humedal de La Furta: en su recorrido dentro de la parcela industrial de Dupont.
Río Ferrería: desde el puente de la carretera de Sombredo hasta el puente de Riocuevas.
Río Esqueiro: desde el puente de Práramo hasta el puente de la carretera N-632.
10. Régimen de zonas acotadas y zonas de pesca sin muerte
Se transforman en cotos de pesca sin muerte el coto de Paredes, en el río Esva, y el de Puente San Tirso en el río Eo.
El coto salmonero del río Porcía pasa a ser coto truchero.
La zona libre de pesca sin muerte del río Nonaya pasa a zona de veda absoluta.
Se crea una zona libre de pesca sin muerte en la zona de la unión de los ríos Polea y Carbonel, en Villayón: desde el muro de la presa de Josefo, en el río Carbonel y desde la confluencia del reguero Busmente, en el Polea, hasta el "puente viejo" en el Polea, aguas abajo de la unión de ambos.
Se crea el coto truchero de Teverga, en el río Teverga, entre el puente de San Martín y el Puente de Abajo, situado en la proximidad del primer túnel de la carretera AS-228.
11. Normas de pesca sin muerte (para cotos sin muerte y zonas libres sin muerte)
Períodos hábiles de pesca: con carácter general se prolonga la temporada hasta el 30 de spetiembre.
En los cotos trucheros de zonas salmoneras comenzará la pesca el 13 de mayo.
En los cotos salmoneros el período será el siguiente: del 13 de mayo hasta el 30 de septiembre, para todas las especies se regirá por el sistema de pesca sin muerte el coto de Paredes (río Esva).
Del 17 de junio al 30 de septiembre: cotos de Niserias, Reserva de Niserias (Cares) y los Estayos (Sella).
Del 1 al 30 de septiembre se pescará en los cotos Brezo, Golondroso y Sierra (Sella); La Tea, Juan Castaño, La Llonga, El Pilar y Arenas (Narcea); La Encina, Monejo y El Tilo (Cares).
Del 6 de mayo al 19 de agosto: coto de Puente San Tirso, en el río Eo.
Artes y cebos: solamente se autoriza el uso de cebos artificiales del tipo de "mosca" en sus variedades seca, ahogada, ninfa o "streamer", "popper" o similares, montadas en anzuelos sencillos desprovistos de arponcillo en los tamaños superiores al número 14 y en número nunca superior a dos. De manera excepcional, en el curso de campeonatos o competiciones de pesca organizados por la Federación Territorial de Pesca, se autoriza el empleo de un número máximo de tres anzuelos sin arponcillo y el uso de cucharillas provistas de un solo anzuelo asimismo sin arponcillo.
Capturas: las capturas, independientemente de la especie que se trate, serán reanimadas y se deberán restituir al río inmediatamente con vida, autorizándose el empleo de una sacadera para la extacción, a poder ser, de malla sin nudos. El pescador no podrá estar en posesión de truchas pescadas en otros tramos, cuando realice su actividad en estas zonas declaradas de pesca sin muerte.
12. Marcas
Se extraerán las muestras necesarias de sangre y tejido a cualquier salmón de los precintados para análisis científicos. En los casos en que un salmón presente la aleta adiposa cortada, la Guardería procederá a seccionar la mandíbula superior a fin de extraer la micromarca.
13. Situaciones de carácter excepcional
Cuando concurran circunstancias excepcionales que así lo justifiquen, relacionadas con caudales circulantes, u otras condiciones hidrobiológicas de los ríos, se faculta al Consejero de Medio Ambiente, mediante resolución, a variar los períodos de pesca de determinadas especies, establecer la veda parcial o total en determinados tramos o masas de agua, o adoptar cualquier otra medida de protección que se estime necesaria.
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Última actualización 12/05/2008
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06/06/2007
Alumnos del Instituto de Cangas sueltan 30.000 alevines de trucha para repoblar el río Narcea
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