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Recuerda que los jueves no se puede pescar hasta el 18 de mayo.
Proyecto Aguas VivasCarta del RíoReunidos en Oviedo el dia 19 de Mayo de 2350, los representantes de las Asociaciones de Pescadores Asturianos, decidimos proclamar una "Carta del Río", entendiendo que resulta necesaria una manifestación colectiva y clara por nuestra parte ante los aprovechamientos particulares e insolidarios de los recursos hídricos del Principado de Asturias y la existencia de competencias dispersas en materia de aguas públicas. Esperando que resulte eficaz para el mantenimiento sostenible de nuestros ecosistemas fluviales, este decálogo quiere ser un alegato útil en la conservación y recuperación de los ríos asturianos que deben ser tratados como singulares espacios naturales, generadores de riqueza y de vida, capaces de coexistir con las actividades: urbana, agropecuaria e industrial. Los principios de esta Carta del Río, dirigidos a Representantes Políticos y Agentes Sociales del Principado de Asturias son los siguientes: 1. Cauce, riberas, llanura de inundación, flora y fauna constituyen un Sistema Fluvial. Su interacción con la población determina el Paisaje Fluvial. 2. El Paisaje Fluvial debe permitir, en la medida de lo posible: El mantenimiento del proceso ecológico natural, la preservación de la diversidad genética y la utilización sostenible de las especies tanto vegetales como animales. 3. Las aguas, cualesquiera que sean, una vez utilizadas por el hombre, no deben comprometer su uso ulterior, tanto público como privado que de ellas se haga,ni su capacidad para albergar vida. 4. El mantenimiento del Paisaje Fluvial exige básicamente la Conservación de los Sistemas que se encuentran en buen estado y la Recuperación de los degradados. 5. La recuperación de un Sistema Fluvial degradado debe hacerse, en la medida de lo posible, aproximándonos a su caracterización natural, es decir, reconstruyendo sus condiciones iniciales. 6. La defensa de las márgenes y vegas, una vez justificada su necesidad, ha de realizarse localmente, evitando geometrizar el cauce y mediante soluciones que produzcan un menor impacto ambiental. 7. La navegación y la explotación del río con fines deportivos, turísticos, pesqueros y comerciales deberá ser regulada atendiendo a criterios lógicos de compatibilidad con los procesos biotópicos naturales. 8. Los aprovechamientos hidroeléctricos y de todo tipo existentes han de cumplir con los caudales ecológicos "necesarios", establecer mecanismos que minimicen el impacto de las sueltas indiscriminadas de agua y dotarse de escalas y reptaderos que garanticen el flujo bi-direccional de especies tanto anódromas (salmónidos) como catádromas (anguilas) en todas las épocas del año. 9. Se procurará que el río mantenga el necesario equilibrio entre rápidos, corrientes, tablas y pozos, así como de la existencia de abundantes zonas de sombra ya que, de ese modo, se optimiza el hábitat de las diferentes especies que pueblan tanto el cauce como las riberas y, considerada aisladamente cada especie, el de los distintos estados de desarrollo de sus poblaciones. 10. Se potenciará la repoblación ictícola, atendiendo a los oportunos estudios de conveniencia y necesidad, el ejercicio responsable de la pesca y la participación de sociedades, entidades locales, jóvenes y simpatizantes del río en su conocimiento y cuidado. 19 de mayo de 2000
Escrito por: José Antonio Suárez García
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